Información legal sobre cultivo de cannabis - IMPORTANTE

¿Quieres empezar un proyecto de cultivo o de concientización? Este es el lugar.
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KGM
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Bueno veo que no hay casi información legal sobre los aspectos de cultivo y porte entonces por aquí les dejare una información interesante que es bueno que todos tengan presentan, ya que la gran mayoria aqui somos consumidores y cultivadores.

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El día de 6 Mar 2013 salió un artículo en el Espectador, el cual puede consultarse en el siguiente link Marihuana, entre el cultivo y la importación | ELESPECTADOR.COM
En el cual el periodista afirma que, de acuerdo con el marco legal actual en Colombia, se puede cultivar hasta 20 plantas de marihuana o cocaína para consumo personal.

Un estudiante de leyes de último semestre de derecho en la Universidad de Antioquia, Medellín, se puso a investigar un poco sobre el tema y (a parte de los 20 gramos de marihuana permitidos para dosis personal) encontro que, por un lado, la ley 30 del 86 en su art. 2 literal ñ. define la plantación como la pluralidad de plantas, superior a 20, de las que pueda extraerse drogas; en el literal siguiente define el cultivo como la actividad destinada a plantación (es decir a más de 20 plantas, según el literal anterior); por otro lado, en el art. 32 de esta misma ley se expresa el delito del cultivo (más de 20 plantas) y la conservación de más de 1 kilo de semillas. En estos mismos términos se expresa el art. 375 del código penal, que tipifica el delito de cultivo y conservación de más de 1 kilogramo de semilla.

Con base en estos datos y previa revisión de un abogado especialista en derecho penal y profesor de la universidad llego a la misma conclusión del periodista según la cual en Colombia está permitido cultivar hasta 20 plantas de marihuana para consumo personal, así como conservar hasta 1 kilo de semillas de cáñamo y otras plantas prohibidas.
Lo más recomendable compañeros es la prudencia al cultivar, ya que si bien tenemos un margen de legalidad para cultivar (20 plantas) y portar (20 gramos) cannabis, debemos reconocer que aún subsisten dificultades, pues por tomarlo con mucha libertad podemos llegar a exceder esto límites en el número de plantas y gramos y ganarnos problemas judiciales. Así que si cultivas hasta 20 plantas hazlo con toda la intimidad del caso para no tener problemas; Y si llegas a tener problemas (seguramente por falta de cuidado) advierte al que te asignen sobre esta margen de legalidad que nos ampara siempre y cuando no la sobre pasemos.

Creo que esta información es muy valiosa para nosotros en algún momento la podríamos necesitar.

Saludos 8)
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mente_verde
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genial aporte, 20 plantas es mas que suficiente para mi
no olvides visitar mi jardin
viewtopic.php?f=2&t=2529

¡promoviendo el autocultivo para acabar con el narcotrafico!
KGM
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mente_verde escribió:genial aporte, 20 plantas es mas que suficiente para mi
Claro brother aunque la idea es no estar al limite de la ley pero creo que 17 o 18 es suficiente
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paisa2385
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KGM puedes ver en nuestros apartados tmb hemos llegado a esa interpretacion, pero hay ke tener cuidado todo depende de la interpretacion del JUEZ :| gracias por la info y por aportar, eres bienvenido :D ..... estos aportes hacen a la comunidad
Melos Humos

CATALOGO DE VARIEDADES COLOMBIACULTIVA
http://www.colombiacultiva.org/seccione ... ccion=MTU=
Joe Verde
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Que tal KGM!

Si tenemos de esa info en el foro, y mucho más! la tuya refuerza mucho este Post.

http://colombiacultiva.org/foro/viewtop ... =25&t=1251

Como lo explico alla, eso lo dice nuestra legislatura actual, si se llega a dar algun caso, serviria para uno defenderse como cultivador de autoconsumo..

Pero si el juez ve algo raro en el info del decomiso de menos de 20 plantas, asi sea de una sola, y te vinculen con venta de estupefaciente, pues te la enyardan feo.. :? ..
KGM
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uy que pena no haber buscado bien parceros pero bueno de algo servirá esta info
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paisa2385
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Si ke sirve :D , gracias KGM y por aka esperamos mas aportes 8)

un abrazo desde el jardin
Melos Humos

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WeedCouple
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Pues muy interesante la info, gracias por compartirla..!

Pero como bien dicen muchos, es cuestion de como lo interprete un juez o el mismo policia que te agarre..!

yo tuve un problema juducial en mi pais por tener 3 grs solamente..! y mi constitucion me permite llevar hasta 20 grms (Venezuela)...

Todo por culpa de los policias y el procurador que por esos 3 grms me acusaron de Vendedor..! :s

Asi que a seguir todas las recomendaciones de la gente.. mientras mas cautela mas nos evitamos problemas!!!

Gracias por la info..! por lo menos tenemos a que articulos apegarnos en cualquier problema! es mejor estar informado y preparado..!
mob47
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cuando sera ke los politicos entienden ke debe de ser legalizadaa!!!!
Jairo I.
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Hola KMG! queria preguntarte si segun lo q tu dices q es legal llevar 20 gr, eso significaria q cuando la policia nos encuentra fumando en x o y lugar, ellos tienen derecho a quitarnos el moño y los acsesorios de consumo? por esto es lo q hacen, ya me ha pasado 2 veces y la verdad no soy abogado ni se de derecho, por q si es legal cargar xxx cantidad y que si t pillan no t la quiten, me gustaria tener la informacion suficiente para defenderme y evitar ser atracado, por la policia!
KGM
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Jairo I. escribió:Hola KMG! queria preguntarte si segun lo q tu dices q es legal llevar 20 gr, eso significaria q cuando la policia nos encuentra fumando en x o y lugar, ellos tienen derecho a quitarnos el moño y los acsesorios de consumo? por esto es lo q hacen, ya me ha pasado 2 veces y la verdad no soy abogado ni se de derecho, por q si es legal cargar xxx cantidad y que si t pillan no t la quiten, me gustaria tener la informacion suficiente para defenderme y evitar ser atracado, por la policia!


si se puede tener 20 grs pero ellos la pueden quitar ya que es ilegal

lo que no pueden es quitarte el grinder (trilladora) cueros o pipa ya que usted pago un 16% de iva por esto y con este impuesto se le paga el salario a todo servidor publico.

el echo es que usted debe hablar serio y decirles vea tengo estos 5 grs o bolso moño lo que sea ' no tengo mas déjemelo yo me lo fumo en otro lado y ya.

si el caso es que tiene 20 grs o mas guárdelos bien en las huevas o zapatos o la separa en diferentes lugares para que no se la vuelvan a quitar (y)

y no se deje quitar lo que por derecho es suyo ya que a usted le dan un recibo de pago por sus objetos materiales

buena suerte.
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