Estatuo legal vigente de la ganja

¿Quieres empezar un proyecto de cultivo o de concientización? Este es el lugar.
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juanesteban0111
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buffalo_soldier escribió:Según la reforma al estatuto nacional de drogas en el 2012, se establece plantación como la pluralidad de plantas de cannabis en un número superior a 5 plantas, y de coca o amapola en un número superior a 20 plantas.

http://www.druglawreform.info/images/st ... p_2012.pdf

¿En todo caso eso viene a ser cómo el asunto planteado en cuanto a despenalización y legalidad?

¿Menos de 5 plantas no te enviarán a la carcel pero los tombos sí se la pueden llevar?

Saludos.
Primero que todo hay que tener en cuenta que por ahora se trata a penas de un "proyecto de ley" que busca reformar el actual estatuto nacional de estupefacientes que se implementó con la ley 30 de 1986, dicho proyecto de ley todavía no ha sido tramitado, debatido y aprobado en el Congreso por lo que no se puede asumir como una ley vigente.
Según está formulado el proyecto, se mantiene la dosis mínima como está pero se reduciría el número de plantas que constituyen cultivo; se pasaría de hasta 20 plantas de marihuana a solamente hasta 5, lo cual significa que más de eso se consideraría cultivo ilícito.
De todas maneras, es poca la posibilidad de que la policía allane una casa o un inmueble que actualmente tenga hasta 20 plantas (o hasta 5 si se aprueba la reforma), pues para eso necesitan una orden judicial de allanamiento que solamente puede obtenerse si la policía judicial llevan ante un juez de la república pruebas que indiquen que efectivamente hay un cultivo ilícito de marihuana (más de 20 plantas, o 5 si se aprueba la reforma) en un lugar determinado, pero ciertamente la policía no gasta esfuerzos en allanar un sitio si no tiene la convicción de que supera tal cantidad de plantas, pues si no supera esta cantidad no pueden judicializar al dueño de las plantas; en caso tal de que allanen un sitio y encuentren menos de 20 plantas pueden eventualmente destruirlas si no se cuenta con un permiso para tal fin (sobre las condiciones legales para obtener este permiso no tengo conocimiento).
Como se dijo en un comentario anterior, una cosa es la despenalización (que no te van a meter a la cárcel) y otra la legalidad (que está permitido totalmente), la marihuana es ilegal en cualquier cantidad y presentación pero hasta 20 plantas sembradas y hasta 20 gramos de porte no se penaliza, es decir, no ameritan cárcel según las normas actuales.
Hay que esperar la suerte que tenga dicho proyecto de ley para saber en qué va a cambiar realmente el estatuto nacional de estupefaciente.
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paisa2385
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juanes que bien leerlo por aca y saber que eso es apenas un proyecto aunke yo apenas lei solo deje una planta :(

saludos jardineros
Melos Humos

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http://www.colombiacultiva.org/seccione ... ccion=MTU=
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faricur
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Muy buena información teniendo en cuenta que en la casa se me están envideando solo por 6 plantas... :mrgreen: me gustaría imprimir la ley vigente donde la encuentro :?: ...
Bendiciones a todo los frutos de la tierra.
Faricur
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juanesteban0111
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Faricuar: la normatividad vigente se encuentra referida ya en este mismo tema, pero debes darle una mirada a los mensajes anteriores; por ahí la encuentras.
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faricur
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Ok gracias men :mrgreen: me toca decirle a mi ma que no se asare.....
Bendiciones a todo los frutos de la tierra.
Faricur
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MeFiStO
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juanes muchisimas gracias por la informacion, estaba un poco inquieto respecto a este tema y leyendo tus respuestas quede mucho mas tranquilo :D

mil gracias!!
chapu410
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Puedo afirmar que juanes es una buena fuente de información en cuanto a leyes se refiere, el man esta bien formado en leyes, lo conozco personalmente y se que es muy comprometido con la causa. Si llega una época en la que todo esto se legalice este parcero sería una buena ficha para empezar a generar buenas iniciativas.
Mayor tom
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Saludo a toda la fraternidad cannabica!!!
No soy abogado pero si diseñador industrial y la interpretación de leyes es un asunto bien complicado.
Pero una cosa si puedo decir y compartir y es la siguiente: La constitución nacional esta basada en los derechos humanos y estos hoy en día son el terror de la policia. En caso de una requisa y tengas tu dosis mínima (o menos) puedes pedir la orden escrita emitida por fiscalia para realizar dicha requiza, No negar la dosis. Si te van a violentar con la requisa dices "acoso sexual?" y muy respetuosamente vuelves a pedir la orden de fiscalia. Ellos se creen siempre tinterillos pero realmente son civiles, la poli es civil y eso les emputa y los baja un poco de la nube aparte de distraerlos de lo principal, tu dosis Tu no te emputes por nada. Te dicen ke te van a subir al camión y tu que llamen a su superior: cabo, teniente, etc. y a este que le puedes abrir una investigación penal por prevaricato al violarte los derechos humanos (arts. 1,3,5,7,9) en que se basa la constitución, ante la personería (tel 143) y demás y en caso extremo ke tu puedes pasar un día en upj pero a él lo destituirán por años o le dañaras su hoja de vida(guardar después de esto un largo silencio). Aduce que respetas su duro trabajo contra la delincuencia pero que tu no lo eres, pagas impuestos y trabajas. Pide a tu alrededor que el hecho sea registrado con fotos y videos o antes de que vengan enciende tu celular con actitud de estar grabando. Cuando haya un gran silencio y se miren entre ellos, no das tiempo de reacción y muy educadamente agradeces el interes por tu seguridad y te despides de los señores aduciendo que vas derechito camino a tu casa:"No siendo más, me despido de los señores... buena noche y das la espalda y te vas despacio. Procura hablar elegantemente, pausado y sereno. Es nuestro derecho político ejercer la defensa de tan útil y noble planta, los gringos la legalizan pero nos dejan 8 bases antinarcóticos en el país. Aprende, defiende y difunde tus derechos humanos. Práctica este teatro con tus colegas y no olvides "vibration positive" Si no nos empoderamos nosotros mismos nadie nos dará la libertad.
http://www.derechoshumanos.net/normativ ... sal.htm#A1

http://www.corteconstitucional.gov.co/r ... 335-08.htm (sobre el prevaricato)

PD: Aconsejo dejar de llamarla "marihuana" y negarla pues es un alias despectivo y vulgar. Se llama canabis o cañamo y previene la gripa, cancer y muchas más enfermedades desde hace cientos de años, así que es una planta de medicina preventiva y no necesita ser recetada o medicada, puesto que es un tratamiento natural que ayuda a conservar la salud pública. Si tu no crees en todo esto y no lo asumes, un poli tampoco... nos toco sembrarles la duda y educarlos... así nos toque perdonarlos por no saber lo que hacen jejeje
Estoy abierto a cualquier corrección, critica constructiva o comentario!!!
Buenos humos, buen clima y buenas cosechas fratelos cannabicos!!!
Joe Verde
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Buen primer mensaje en el foro Mr Tom!

Estoy de acuerdo con eso de saber manejar cualquier tipo de inicio de abuso de los civiles uniformados esos,, :mrgreen: ,,, entre mas caballero manejes la situacion y tengas mayor pruebas, pues hasta puedas defender tus derechos.. Pero defendiendose contra ellos con rabia no se piensa casi y al final te pones vulgar con ellos y terminan metiondete mas de lo que te cojieron...

Y muy bueno tambien eso de tratar de llamarle cannabis medicinal y educar a la gente, porq estoy seguro q actualmente la puedes usas de forma medicinal, y nadie te puede joder por eso, antes al contrario, puedes joder tu, a los q se metan contigo..

La cuestión es que toca ir hablar con los que son, según el Art 49 de la constitución (que lo muestro atrás) dice que si usas cualquier droga "ilicita" de forma terapéutica, o medicinal, y bajo una supervision de un ente del gobierno, pues por que no utilizar este derecho?. ,, :idea: :idea: ,,

sino estoy mal actualmente los CAMAD están experimentando esto en bogota en el "bronx" amparados bajo este articulo.. Bueno, pero toca volver averiguar ahora que Petro anda todo apretado ahi, y no lo quieren dejar gobernar,, :? ,,
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paisa2385
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Que exelente aporte, tomen nota los jardineros y consumidores
Melos Humos

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Joe Verde
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Agrego esta otra info que llego, sirve mucho para reforzar lo dicho..

KGM escribió:Bueno veo que no hay casi información legal sobre los aspectos de cultivo y porte entonces por aquí les dejare una información interesante que es bueno que todos tengan presentan, ya que la gran mayoria aqui somos consumidores y cultivadores.

Imagen

El día de 6 Mar 2013 salió un artículo en el Espectador, el cual puede consultarse en el siguiente link Marihuana, entre el cultivo y la importación | ELESPECTADOR.COM
En el cual el periodista afirma que, de acuerdo con el marco legal actual en Colombia, se puede cultivar hasta 20 plantas de marihuana o cocaína para consumo personal.

Un estudiante de leyes de último semestre de derecho en la Universidad de Antioquia, Medellín, se puso a investigar un poco sobre el tema y (a parte de los 20 gramos de marihuana permitidos para dosis personal) encontro que, por un lado, la ley 30 del 86 en su art. 2 literal ñ. define la plantación como la pluralidad de plantas, superior a 20, de las que pueda extraerse drogas; en el literal siguiente define el cultivo como la actividad destinada a plantación (es decir a más de 20 plantas, según el literal anterior); por otro lado, en el art. 32 de esta misma ley se expresa el delito del cultivo (más de 20 plantas) y la conservación de más de 1 kilo de semillas. En estos mismos términos se expresa el art. 375 del código penal, que tipifica el delito de cultivo y conservación de más de 1 kilogramo de semilla.

Con base en estos datos y previa revisión de un abogado especialista en derecho penal y profesor de la universidad llego a la misma conclusión del periodista según la cual en Colombia está permitido cultivar hasta 20 plantas de marihuana para consumo personal, así como conservar hasta 1 kilo de semillas de cáñamo y otras plantas prohibidas.
Lo más recomendable compañeros es la prudencia al cultivar, ya que si bien tenemos un margen de legalidad para cultivar (20 plantas) y portar (20 gramos) cannabis, debemos reconocer que aún subsisten dificultades, pues por tomarlo con mucha libertad podemos llegar a exceder esto límites en el número de plantas y gramos y ganarnos problemas judiciales. Así que si cultivas hasta 20 plantas hazlo con toda la intimidad del caso para no tener problemas; Y si llegas a tener problemas (seguramente por falta de cuidado) advierte al que te asignen sobre esta margen de legalidad que nos ampara siempre y cuando no la sobre pasemos.

Creo que esta información es muy valiosa para nosotros en algún momento la podríamos necesitar.

Saludos 8)


Como le digo al compa en su otro post, es lo siguiente: esto lo dice la legislatura actual, sirve para uno defenderse como cultivador de Autoconsumo si de pronto alguna vaina, pero si el Juez sabe, o te vincula con venta de estupefacientes, asi tengas una sola planta, te pueden hasta meter "extinción de dominio", y tal.. :shock: ,,
Jairo I.
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Tengo una duda, listo si l apolicia me encuentra con una bolsita de moño, dentro de lo legal, o bueno dentro de lo no penalizable, ellos tambien tienen derecho a qyutarme cueros, pipas, desmoñador ect?
Joe Verde
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Jairo I. escribió:Tengo una duda, listo si l apolicia me encuentra con una bolsita de moño, dentro de lo legal, o bueno dentro de lo no penalizable, ellos tambien tienen derecho a qyutarme cueros, pipas, desmoñador ect?

Si te hicieron la requisa en un parque, en una esquina, en alguna parte publica, y había mas de uno fumando hierba, y si por casualidad x esa parte pasan niños,, :roll: ,, Te pueden quitar hasta el moño asi sea menos de la dosis que se puede portar...

Recién me requisaron pero buscaban otra cosa, y pasaba x una calle caminando normal, me sintieron, y vieron el moño, (menos de la dosis de lo q su puede portar) más smoking, y tal, y nada, no me dijeron ni siquiera "vicioso", y me dejaron seguir tranquilo.. :) ...
Cosechando.co
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Joe666 escribió:Agrego esta otra info que llego, sirve mucho para reforzar lo dicho..

KGM escribió:Bueno veo que no hay casi información legal sobre los aspectos de cultivo y porte entonces por aquí les dejare una información interesante que es bueno que todos tengan presentan, ya que la gran mayoria aqui somos consumidores y cultivadores.

Imagen

El día de 6 Mar 2013 salió un artículo en el Espectador, el cual puede consultarse en el siguiente link Marihuana, entre el cultivo y la importación | ELESPECTADOR.COM
En el cual el periodista afirma que, de acuerdo con el marco legal actual en Colombia, se puede cultivar hasta 20 plantas de marihuana o cocaína para consumo personal.

Un estudiante de leyes de último semestre de derecho en la Universidad de Antioquia, Medellín, se puso a investigar un poco sobre el tema y (a parte de los 20 gramos de marihuana permitidos para dosis personal) encontro que, por un lado, la ley 30 del 86 en su art. 2 literal ñ. define la plantación como la pluralidad de plantas, superior a 20, de las que pueda extraerse drogas; en el literal siguiente define el cultivo como la actividad destinada a plantación (es decir a más de 20 plantas, según el literal anterior); por otro lado, en el art. 32 de esta misma ley se expresa el delito del cultivo (más de 20 plantas) y la conservación de más de 1 kilo de semillas. En estos mismos términos se expresa el art. 375 del código penal, que tipifica el delito de cultivo y conservación de más de 1 kilogramo de semilla.

Con base en estos datos y previa revisión de un abogado especialista en derecho penal y profesor de la universidad llego a la misma conclusión del periodista según la cual en Colombia está permitido cultivar hasta 20 plantas de marihuana para consumo personal, así como conservar hasta 1 kilo de semillas de cáñamo y otras plantas prohibidas.
Lo más recomendable compañeros es la prudencia al cultivar, ya que si bien tenemos un margen de legalidad para cultivar (20 plantas) y portar (20 gramos) cannabis, debemos reconocer que aún subsisten dificultades, pues por tomarlo con mucha libertad podemos llegar a exceder esto límites en el número de plantas y gramos y ganarnos problemas judiciales. Así que si cultivas hasta 20 plantas hazlo con toda la intimidad del caso para no tener problemas; Y si llegas a tener problemas (seguramente por falta de cuidado) advierte al que te asignen sobre esta margen de legalidad que nos ampara siempre y cuando no la sobre pasemos.

Creo que esta información es muy valiosa para nosotros en algún momento la podríamos necesitar.

Saludos 8)


Como le digo al compa en su otro post, es lo siguiente: esto lo dice la legislatura actual, sirve para uno defenderse como cultivador de Autoconsumo si de pronto alguna vaina, pero si el Juez sabe, o te vincula con venta de estupefacientes, asi tengas una sola planta, te pueden hasta meter "extinción de dominio", y tal.. :shock: ,,


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elcoloan
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No se quien sera este personaje, pero se le agradece muchismo esta pagina: http://cannabiscolombia.org/
Muy bien expplicada la situacion actual de la ganja en relaciona la ley. Recomendadisimo leer TODO!
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