cuantas plantas de canabis puedo tener legalmente?

¿Quieres empezar un proyecto de cultivo o de concientización? Este es el lugar.
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Martinpalermo
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En colombia son 19
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paganini
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Gracias por tu respuesta Martinpalermo. Tu contestacion es un poco controversial ya que muchos dicen que son 22 pantas por persona.

Por favor el que tenga una buena contestacion, favor de documentarlo con un enlace de donde viene la informacion.
:weed: La vida es buena, atrevete a vivirla! :weed:
Andres_stoned
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Hola Paganini, te indico, esta despenalizado tener un # de plantas inferior a un cultivo, como tal se considera cultivo a un # mayor de 20 plantas, podrías tener tus 19 maticas sin ningún problema, pero hay algo que puede contradecir lo anterior en el caso del Cannabis, ya que la tenencia de cannabis ya sea en floración o producto seco (cogollos secos) no puede superar un peso máximo de 60 gramos.. asi que te recomiendo sembrar 19 plantas o menos pero eso si, en completa discreción, según lo que me comentas, en el peor caso que la ley te cayera por tus 19 maticas en floración (ya que allí ya hay formación en grandes cantidades de cannabinoides) podrias exponer tus razones, y lo peor seria que solo te las quitaran, sin ninguna repercusión mayor, ya que también esta estipulado legalmente en el decreto 613 de 2017 que se puede vender en establecimientos legalizados, máximo 20 semillas/año de Cannabis a cualquier ciudadano. Saludos.
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paganini
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Gracias Andres_stoned. Yo soy un ciudadano Americano y tengo mucha precaucion de no tener problemas con la ley pues al saber que lo soy entonces la ley local podra ver signo de dolares en mi.
:weed: La vida es buena, atrevete a vivirla! :weed:
Andres_stoned
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Vale, Mira lo que nos indica el decreto:

Sección 3 Licencia de uso de semillas para siembra
Artículo 2.8.11.2.3.1. Modalidades. La licencia de uso de semillas para siembra será otorgada por el Ministerio de Justicia y del Derecho, a trjlvés de .Ia Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes, para una o varias de las siguientes modalidades:
Para comercialización o entrega: Comprende la adquisición a cualquier título, importación, exportación, almacenamiento, comercialización, distribución, transporte, posesión y disposición final de semillas para siembra.

Parágrafo 2. Para la modalidad de comercialización o entrega de semillas para
siembra, los licenciatarios podrán realizar ventas a personas naturales que no
tengan licencia, siempre y cuando no se exceda la suma de 19 semillas para
Siembra anuales CON CADA PERSONA NATURAL
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paganini
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Entiendo lo que dices, pero esto lo veo como si fuese un negocio mio. Lo que yo solamente quiero es para mi uso personal para los dolores de osteoartritis y problemas de cancer. Puedo vivir con 19 plantas las cuales puedo consumir completamente en comidas todas porque tambien las usaria para hacer varias medicinas. No pienso vender a nadie y si alguien que conosca y necesite, le daria temporeramente.

Tal vez en la ley incluye siembra para uso personal solamente que no necesite algun permiso aunque podria consiguir de ser necesario pero no me quiero involucrar con permisos de negocio.
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carsoncity
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creo que no ha cambiado nada
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